ES DE LEY

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RAFAEL E. SIBAJA ZEPEDA

SOCIO PROPIETARIO EN SIBAJA & ASOCIADOS, LAW FIRM, S.C.

EL DEBIDO PROCESO, UN DERECHO HUMANO DE ALTO RIESGO
Nadie puede estar en contra de la absoluta independencia del Poder Judicial y el ‘judicial review’, pero nadie tampoco, puede ocultar que cuan- do se suceden los fallos incomprensibles para la sociedad, ello deslegitima el trabajo de los jueces.
Nos enteramos que un tribunal federal del Estado de México amparó y liberó a Isidro Solís Medina, integrante de la banda de Los Rojos, quien parti- cipó hace nueve años en el secuestro y asesinato de Silvia Vargas Escalera, hija de Nelson Vargas.
Contra Isidro Solís había todo tipo de testimonios y pruebas, no solo del caso de Silvia Vargas, sino también de otros secuestros en los que había parti- cipado. De su liberación se supo porque una de sus víctimas, convencida de que su secuestrador estaba preso y condenado a 34 años de prisión, se lo cruzó caminando en la calle. Indagando el caso se supo que era también, uno de los secuestradores y asesinos de Silvia Vargas.

Las causas por las que se le concedió el amparo a Solís Medina son ridículas a simple vista: una víctima de secuestro en las indagatorias lo recono- ció a través de la Cámara de Gesell sin la presencia del abogado del imputado.

Las faltas al debido proceso, que sirvieron lo mismo para dejar en libertad a Florence Cassez, y ahora a este personaje, no pueden ser un herramienta para liberar en automático a todo delincuente que argumente esas fallas a su favor. No es ese el espíritu de la ley. Si ha habido fallas al proceso, lo que debería ocurrir es que el mismo se reponga, y no en automático la libertad cuando existen pruebas que verifican la responsabilidad de un criminal. Florence, por ejemplo, sí que era responsable de los delitos de los que se la acusaba: fue reconocida por sus víctimas dado su particular acento francés sensible al oído. No debía haber quedado en libertad porque se realizó una grabación de televisión extemporánea. En el caso de Isidro So- lís, participó en la banda de Los Rojos, fue reconocido por sus víctimas, se llegó a él rastreando a los distintos integrantes de esa organización. El que no estuviera su abogado defensor cuando fue reconocido ante una Cámara de Gessell, no debería invalidar todas las otras pruebas en su contra.

Lo único que resta es exigir a nuestras autoridades la mayor de las diligencias y capacidades técnicas al momento de llevar a cabo su actividad encaminada a imputar a un delincuente contra el cual existen pruebas contundentes de su responsabilidad, son muchos los Derechos Humanos reconocidos por México tanto en su Constitución como en los Tratados Internacionales; pero cabe plantearse la siguiente pregunta… ¿De verdad un individuo que nada de ‘humano’ ha demostrado ser, merece gozar del Derecho Humano al debido proceso?… en lo personal no me queda tan clara la cuestión. «